Las llamadas listas negras del SAT son una relación de contribuyentes incumplidos y/o que presuntamente simulan operaciones mediante la emisión de CFDI. En ellas se enlistan los datos de las personas físicas, autónomos, y morales que se encuentran en alguno de los escenarios y supuestos comprendidos en los artículos 69 y 69-B del Código Fiscal de la Federación, CFF.
Contribuyentes incumplidos
La autoridad fiscal actualiza el listado de contribuyentes incumplidos cada 15 días.
Estas puede implicar:
- Que se cuenten con créditos fiscales que no han sido pagados.
- Tener multas que aún no estén saldadas.
- Que los ingresos no se correspondan con la actividad.
- Que hayan recibido una sentencia condenatoria por un delito fiscal.
- Haber alterado sus sistemas contables.
La autoridad fiscal deberá notificar al contribuyente, en el caso de que detecte alguno de dichos casos, teniendo un plazo de 15 días para responder y enviar las pruebas que aclaren su situación.
Si el contribuyente no responde podría ser acreedor a la cancelación del Certificado de Sello Digital, CSD.
Contribuyentes que presuntamente simulan operaciones
En caso de que la autoridad presuma de la inexistencia de operaciones que estén amparadas por comprobantes fiscales, enviará una notificación al contribuyente mediante buzón tributario, la página del SAT y la publicación en el DOF.
Desde ese instante el contribuyente:
- Tendrá un plazo de 15 días desde la última notificación para poder aportar la documentación necesaria para desvirtuar los hechos notificados. Además, podrá solicitar 5 días más.
- Tiene disponible en la página del SAT el formato 156/CFF: “Escrito con el cual se desvirtúa la presunción del artículo 69-B de Código Fiscal de la Federación”.
- La autoridad tendrá que emitir la resolución y notificarla a través del buzón tributario.
Las consecuencias de aparecer en las listas negras del SAT son:
- Contribuyentes que se considera realizaron operaciones inexistentes.
- Si alguien emitió una factura por un servicio que no se prestó, entonces, esta quedará sin efectos fiscales.
- Los clientes o proveedores pueden decidir no hacer negocios contigo o tu empresa.
- Ninguna dependencia, de ninguno de los niveles del gobierno, podrá hacer negocios con las empresas que aparecen en la lista negra.
- Continuarán llegando los requerimientos y las multas a tu buzón tributario.
- Se cancelan sellos fiscales y las empresas que estén en la lista negra ya no podrán facturar.
- Tus actividades financieras estarán detenidas.
Las listas negras podrán ser encontaradas en la página del SAT dando clic aquí.
Recuerda que dentro de nuestros sistemas Solidus contabilidad, Solidus gestión y SE Auditoría tienes la posiblidad de validar si los RFC con quien tienes operaciones caen en las listas negras del SAT. Te recomiendo que realices la validación cada 15 días.
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