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El SAT extiende el plazo para activar el Buzón Tributario

¿Ya habilitaste tu Buzón Tributario? El SAT extendió el plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para que cumplas con esta obligación fiscal. Esta herramienta es fundamental para la notificación de actos administrativos y el cumplimiento de tus responsabilidades fiscales. Desde 2020, el SAT ha requerido que todos los [...]


El SAT extiende el plazo para activar el Buzón Tributario

General José Luis today03/01/2025

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Prórroga para habilitar el buzón tributario del SAT

¿Ya habilitaste tu Buzón Tributario? El SAT extendió el plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para que cumplas con esta obligación fiscal. Esta herramienta es fundamental para la notificación de actos administrativos y el cumplimiento de tus responsabilidades fiscales.

Importancia de habilitar el buzón tributario

Desde 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha requerido que todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) habiliten y mantengan actualizado su Buzón Tributario. Es importante señalar que aquellos contribuyentes con estatus de cancelados o suspendidos, o ingresos anuales menores a 400 mil pesos en el caso de asalariados, están exentos de esta obligación.

Beneficios del buzón tributario

  • Notificación electrónica inmediata y personalizada.
  • Acceso a información fiscal clave para cumplir con las obligaciones.
  • Reducción de tiempos en trámites y oportunidades de acceder a programas de beneficios fiscales.

Cómo habilitar el buzón tributario

Para habilitar tu Buzón Tributario, debes ingresar al portal del SAT, registrar tus medios de contacto como correo electrónico y número celular, y confirmar la información en un plazo de 72 horas. No dudes en realizar este trámite para evitar sanciones económicas que pueden ser bastante elevadas.

¿Quiénes están obligados a habilitarlo?

Todos los contribuyentes tienen la obligación de habilitar su buzón, excepto aquellos que se encuentran en las siguientes categorías según su situación en el RFC:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales
  • Personas físicas sin actividad económica
  • Personas físicas con ingresos anuales menores a 400 mil pesos
  • Personas morales con situación fiscal cancelada o suspendida.

Excepción a la exclusión

A pesar de las exclusiones mencionadas, algunos contribuyentes deben habilitar el buzón en casos específicos, como cuando se requieren para trámites en los que se exija contar con él, o si han emitido o recibido CFDI dentro de los últimos doce meses.

No olvides que cumplir con esta obligación es esencial para evitar problemas futuros con el SAT. Aprovecha la prórroga y asegúrate de tener todo en regla.

#BuzónTributario #SAT #ObligacionesFiscales #Contribuyentes #Prórroga

Escrito por: José Luis

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