Existen varias razones por las que se cancelan los comprobantes fiscales digitales en línea (CFDI). Para el 2022 cambiará la forma habitual del SAT de abordar este tema, tal y como se anunció en la Reforma Fiscal, el CFDI solo podrá cancelarse en el mismo año.
Soporte y justificación para cancelar una factura en 2022
El 12 de noviembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial un proyecto de decreto para reformar, complementar y derogar las disposiciones de las leyes del ISR, IVA, IEPS, ISAN y CFF, incluyendo modificaciones relacionadas con el comprobante fiscal, ahora hablaremos sobre el plazo establecido por la autoridad para cancelar comprobantes en el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación
Artículo 29-A
Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán de contener los siguientes requisitos:
Salvo que las disposiciones fiscales prevean un plazo menor, los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.
El Servicio de Administración Tributaria, mediante reglas de carácter general, establecerá la forma y los medios en los que se deberá manifestar la aceptación a que se refiere el párrafo anterior, así como las características de los comprobantes fiscales digitales por Internet o documentos digitales a que se refiere el artículo 29, primer y último párrafo de este Código en el caso de operaciones realizadas con residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
Cuando los contribuyentes cancelen comprobantes fiscales digitales por Internet que amparen ingresos, deberán justificar y soportar documentalmente el motivo de dicha cancelación, misma que podrá ser verificada por las autoridades fiscales en el ejercicio de las facultades establecidas en este código.
La autoridad señaló que debido a que no había un período de cancelación de CFDI, se había encontrado con casos en los que los contribuyentes habían cancelan años después de la emisión, lo que no permitía información actualizada oportuna, lo que generaba carta invitación para rectificar la situación fiscal. Esto genera inseguridad jurídica sobre el tipo de operaciones, razón por la cual deberán de justificar y documentar estas cancelaciones.
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